viernes, 14 de septiembre de 2018

Brujas y hechiceras en la Puebla de Montalban (y II)

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6- LA TÍA FRUNCIDA (SIGLO XVIII)

Isabel Payo, más conocida como La Tía Fruncida, fue acusada por el Tribunal de la Inquisición en el año 1758.

Se la acusaba de entrar en las casas por agujeros muy pequeños y de que algunas veces se convertía en “botija de alfar”, así como de tener en una tinajilla miembros de hombres. Decían que en su casa se oían ruidos de sonajas, panderetas y cascabeles, que producían gran miedo en el vecindario.

A La Tía fruncida se le achacaba el poder de dominar voluntades de otras personas, sin que se sepa qué medios utilizaba. Este maleficio era conocido como “ligamen”; es el que practicaba “Celestina”. Se la acusó de brujería porque se decía que había visto en sueños a su hija adoptiva.

También se la acusó de volar por el aire pintarrajeada a ranchos con aceite verdoso, que tenía en un pellejo de bota, y con manteca que guardaba en un tarro de vidrio.


Fue La Tía Fruncida una bruja, que tuvo atemorizado al vecindario de La Puebla de Montalbán a mediados del siglo XVIII. El expediente a esta bruja lo inicia el Tribunal de la Inquisición de Toledo en el año 1758, suspendiéndolo en 1759 (Leg. 93, núm. 207).

7-LAS ANDANZAS DE MARÍA LÓPEZ SARRIA

Resultado de imagen de Brujas y hechiceras en la Puebla de MontalbanLLEGA A LA PUEBLA.-María López Sarria procedente de El Casar de Escalona, en 1657 llega a La Puebla de Montalbán, con su marido y dos hijos, para dedicarse a la curandería. Se instalaron en el Barrio de Los Labradores, en la casa del “Cebollano Viejo”; después, vivieron en el Barrio de Los Judíos. Cuando llegó a La Puebla María era “una mujer de treinta años, recia, blanca y bermeja (pelirroja) y con unas manchas, en la cara como quemada”.

En 1657 la actividad de María la Curandera no era desconocida para las gentes de La Puebla. Con el nombre de “Callejón de las Brujas” se conocía en La Puebla, ya antes de 1524, a un muy estrecho (1,05 ms) y lóbrego pasadizo, cercano al Convento de Franciscanos.

María López Sarria es juzgada en el tribunal de la Inquisición como “vecina de Torrijos”. Pero en su expediente (Leg. 89, núms. 148 y ss), están registradas las informaciones de mucho pueblanos sobre las actividades de María durante su estancia en La Puebla. Es, por tanto, una buena fuente para conocer no sólo sus andanzas “profesionales”, sino también la vida y costumbres en la Villa a mediados del siglo XVII.

EL ROBO DE ARCABUCES.-Lorenzo de Lasarte, guipuzcoano y vecino de La Puebla, regentaba una ferretería-armería. En la semana de la fiesta del Cristo de 1657 le robaron dos arcabuces que tenía en un cajón de su tienda. A los pocos días vino a su casa una mujer llamada María López Sarria, asegurándole que aquellos arcabuces no tardarían en aparecer. Efectivamente, a los quince días, se vio en el arroyo del Valle a un pastor con uno de los arcabuces. El otro lo tenía su amo, que era el alcalde de El Carpio.

DENUNCIA DEL CIRUJANO.-Bernabé Sánchez Medina era el cirujano, sangrador y barbero en La Puebla de Montalbán. Se enfrentó a María en varias ocasiones por razones profesionales. Ella alegaba que podía intervenir en la curación de enfermos porque estaba autorizada por el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición. Licencia que el cirujano negaba. María es denunciada por el cirujano ante el Inquisidor de La Puebla, al haber intentado curar a una paciente suya.

EL CRIADO DEL BENEFICIADO.-Don Juan Moreno del Valle, beneficiado de la Parroquia de La Puebla de Montalbán, declaró ante el inquisidor que María había curado de hechizo a un criado suyo llamado Eugenio Muñoz. El beneficiado había llevado a su criado a varios médicos. Le diagnosticaron «enfermedad melancólica de corazón y dolor de estómago”. María visitó al criado del beneficiado y concluyó que estaba hechizado. Le recetó un jarabe adquirido en la botica y le aplicó un ungüento que había hecho ella. A la semana Eugenio Muñoz estaba curado.

LA ALQUITARA.-Para quitar el hechizo a una persona, María, mientras hacía unos rezos, le daba una purga preparada por ella en la alquitara. El brebaje estaba hecho a base de miel rosada, azúcar, apio, hierbabuena y berros.

La alquitara (del árabe al-qattara: gota-destilar) servía para hacer un destilado.

LA CURANDERA DECÍA QUE HABLABA CON EL DIABLO.-María la Rubia, hija del «Zapatero Cojo», una vez preguntó a María López Sarria de dónde le venía su poder de adivinar. La curandera-adivinadora respondió que hablaba con el demonio varias veces al día. La hija del Zapatero Cojo le dijo que la iba a denunciar a la Inquisición. Pero la Curandera contestó: «Calla, que no hablo con el demonio, sino que tengo pelos suyos, conque lo sé todo y ésta es la verdad».

EL FRAILE QUE PAGÓ CON UN HÁBITO.-Recién instalada María en el Barrio de los Labradores, recibió la visita de fray Juan, organista del convento de Franciscanos, que desde hacía tiempo venía padeciendo fiebres tercianas. Ya Avicena señalaba que estas fiebres intermitentes tenían su origen en las aguas estancadas y en los mosquitos que en ellas pululaban. El convento franciscano estaba situado junto al arroyo Malacate.

El fraile, dándole un habito de estameña, pagó los servicios de la Curandera con el que hizo unos “envoltorios para sus criaturas” y para ella una basquiña o saya usada por las mujeres sobre la ropa para salir a la calle.

No debió ser muy efectivo el remedio que habitualmente María mandaba para estas “fiebres malignas”: cortar las uñas de pies y manos del enfermo, envolverlas en levadura de “pan cocer” y dárselo a comer a un perro «desvariado» (callejero) para que las fiebres pasaran a él.


LATABERNA Y EL FRONTÓN DEL “BOLO” EN LA CE.-Juan Torres “El Bolo” vendía pescado, aceite y vino en su casa-taberna en la Ce. En el centro de su patio empedrado había un pozo. El testero exterior de la casa servía de frontón o trinquete de “plaza libre”, en que sólo existía el “frontis”. Allí los hombres jóvenes de La Puebla jugaban partidos de “pelota a mano”, uno contra uno o por parejas. Se jugaban una invitación de buen vino en la Taberna del Bolo. Pagaba la pareja que perdiera. “Llenáronse de regocijo los pechos porque se llenaron las tazas de generosos vinos” (Cervantes).

El martes de Carnaval de 1658 el labrador Andrés Gómez “El Sevillano” y tres amigos suyos fueron al frontón de la Ce para echar un partido. Dejaron sus capas sobre las bardas de la pared del corral. Cuando terminaron, al ir a recoger sus capas, faltaba la del Sevillano. Pensando que, por el aire, podía haber caído en el pozo, la buscaron con unas halcadejas, pero con los garabatos o garfios no engancharon la capa.

Animados por el arcabucero vasco, los amigos fueron a la casa de María la Curandera, quien, ante las súplicas de Andrés el Sevillano, les dijo que la capa no se perdería. También fueron a verla las mujeres de los tres amigos. Doce días después de haberse perdido, apareció la capa en el pozo de Juan «el Bolo». Inés Núñez, su mujer, fue quien la sacó. Pagaron a María diez reales de a ocho, con los que compró unos zapatos.

María, ante el inquisidor Paniagua, explicó la peripecia de la capa del Sevillano: una mujer casada conocida como la “Caína” robó la capa en un descuido mientras jugaban. Al enterarse de que había recurrido a María, tuvo miedo de que la descubriesen. La Curandera le aconsejó que echase la capa en el pozo del Bolo y que ella se lo insinuaría a la mujer de Andrés de Sevilla. Sacaron del pozo la capa “muy llena de tierra”.

RONDANDO A LAS MOZAS.-Cristóbal Pantoja era hijo del alcalde de Malpica. Tenía veinticinco años. De buena posición, soltero y amigo de fiestas, venía con frecuencia a La Puebla para, con otros mozos pueblanos, rondar a las mozas casaderas de la localidad.

La mujer de Diego Hernández intentó que el mozo de Malpica se casara con su hija, a la que rondaba y cortejaba “con música y escándalo muchas noches”. Para lo cual, a mediados de febrero de 1658, con la cara tapada, fue a ver a María. Le ofreció una sortija de oro si conseguía, con sus hechizos, que Cristóbal se casara con su hija. María le pidió una prenda del rondador de Malpica: Le entregó una cinta negra del calzón del mozo.

María mandó llamar a Cristóbal Pantoja por medio de su amigo el pueblano Pedro Losana. Le explicó a Cristóbal todo lo sucedido y le dijo que, aunque tenía poder para hechizarle, no lo haría porque nadie podía ser obligado a casarse contra su voluntad. María le dio al mozo una bolsita para colgar al cuello con remedios contra los hechizos y le amenazó con la muerte por «mal de ojo», si la denunciaba al inquisidor, ya que tenía en su poder una cinta negra suya con la que le podía hechizar y matar. Cristóbal, por miedo, le compró la bolsa por cincuenta reales.

Era costumbre que por las noches los mozos salieran por la calles, para rondar: Hacían paradas en las puertas y ventanas de las casas donde había una moza casadera: Como del siglo XVI es considerada por los historiadores la siguiente copla de La Puebla de Montalbán: “De aquel campo que cruzamos/ sólo quedan matas secas/ de aquel árbol, sólo el tronco/ y de aquel amor, mis penas”. Se sigue cantando en la actualidad una antigua canción de ronda:“No la quiero de la Cé / que todas son hiscaleras/ que la quiero del Vedao/ que todas son costureras”.

DECLARACIÓN DE LA CURANDERA.-Ante las quejas recibidas, el inquisidor José Paniagua el día 26 de marzo de 1658 comenzó a interrogar a varios vecinos de La Puebla sobre María López Sarria, la cual también se presentó voluntariamente el día 5 de abril.

En estas declaraciones María reconoce que sus curaciones van acompañadas de una oración a Santa Ana. Que no todos los enfermos se ponen bien y que el que sí se cura es porque Dios quiere. Que nunca curó de hechizos y que al que recurre a ella le manda un remedio “placebo”. Que la trama que urdió con la capa de Andrés de Sevilla y en otros casos lo hacía por dinero para mantener a la familia.

Que cuando van a consultarla sobre “disparates como que les diga si son queridos o queridas o si fulano o fulana se casará con ellas o no, pensando que ésta sabrá responderlas” a unos les decía no saber nada y a otros les engaña diciendo que haría las gestiones oportunas y si en ese momento “no tiene con que comprar un pan, suele recibir lo que la dan”.

El inquisidor José Paniagua, comprensivo con María, únicamente le prohibió ejercer de Curandera en La Puebla.

Ante esta prohibición del inquisidor Paniagua y porque los problemas con el vecindario iban en aumento, María López Sarria en septiembre de 1658, se trasladó a Torrijos con toda su familia.

ENCARCELAMIENTO Y CONDENA.-María es detenida por el alcalde ordinario de Yuncler y escoltada hasta Torrijos. Fue entregada a un familiar del Santo Oficio, que la encerró en un cuarto apartado y tenebroso de su casa, sin poder ver a su familia y atada con cadenas.

El día 3 de marzo de 1663 el Santo Oficio de la Inquisición de Toledo comenzaba el proceso contra María López Sarria por los hechos supersticiosos y heréticos, de que se le acusaba, que fueron calificados como delitos de “embeleco” o superchería, superstición y jactancia de pacto con el demonio. El 14 de marzo de 1663, los inquisidores ordenan la prisión de María López de Sarria en la cárcel de la Santa Hermandad de Toledo, junto con la confiscación de sus bienes.

El Santo Oficio la condenaba a salir “en forma de penitencia y que en auto público de fe sea leída su sentencia”. Y mandaba que al día siguiente se la sacara a la “vergüenza por las calles públicas y acostumbradas de esta ciudad de Toledo y desterrada de ella y de la villa de Madrid y de Torrijos y de La Puebla de Montalbán ocho leguas en contorno, por tiempo de dos años”.

8-CÓMO EXPLICAR ESTOS FENÓMENOS

En las prácticas de brujería, hechicería y curanderismo el predominio de las mujeres fue casi total. Se las llamaba santiguadoras, curanderas o encomendadoras. Hay testimonios suficientes para afirmar que la mayoría de ellas lo hacían para remediar su extrema pobreza (Leg. 89, núm. 149 y Leg. 86, núm. 70), pero ellas mismas no creían en sus propios “embelecos” y prácticas (Leg. 84, núm. 48 y 49).

Los consultores de un caso en el año 1625 achacaban estas prácticas al “ingenio fácil, crédulo y liviano de las mujeres, a las que fácilmente se las puede persuadir y tratan de “embeleco” todo lo que quieren” (Leg. 92, núm. 200). Los procesos por hechicería en el tribunal de la Inquisición de Toledo fueron 49 en el siglo XVI (69% eran mujeres); en el siglo XVII se abrieron 217 rocesos (75% mujeres); y en el siglo XVIII, 80 procesos (69% mujeres).

9-LA INQUISICIÓN EN LA PUEBLA

En España nunca se llegó a perseguir a estas mujeres con la dureza con que se hizo (caza de brujas, quema de brujas) en Suiza, en el sur de Francia o en las tierras dominadas por el protestantismo. Esta histeria colectiva llegó incluso a la Norteamérica protestante (Salem en 1692). De hecho, en España, muchos expedientes se suspendieron, siendo muy pocas las llamadas brujas y hechiceras que fueron “penitenciadas”.

La actuación comprensiva del inquisidor de La Puebla José Paniagua en el caso de María López Sarria (únicamente le prohibió ejercer de Curandera) sigue la línea mantenida por la Inquisición en La Puebla de Montalbán desde su implantación en esta villa en el año 1486.

Ya en los años anteriores a la Inquisición, La Puebla era considerada como lugar de refugio para los judíos conversos cuando en la ciudad de Toledo corrían peligro o como lugar de acogida para los que no querían perder el contacto con sus tradiciones: venían a La Puebla a comer con sus parientes judíos, incluso a celebrar la pascua y acudir con ellos a la sinagoga. Este ambiente atrajo a Juan de Lucena para poner en La Puebla un taller de encuadernación.

UN VIOLADOR AHORCADO-En La Puebla de Montalbán hubo un caso en 1575 en que se aplicó la ley con todo su rigor , haciendo morir en la horca a un hombre, que había venido de fuera hacía pocos días, por haber abusado de sus tres hijas menores.

En las Relaciones al Rey Felipe II sobre La Puebla de Montalbán (1-n.37) hechas en el año 1575 los informantes dicen lo siguiente: “De un hombre se hizo justicia en la dicha villa que fue ahorcalle, el cual se vino a vivir a ella pocos días atrás, y este hombre confesó y se probó haber tenido cuenta y cópula carnal con tres hijas legítimas suyas doncellas, y que la una era de edad de siete años cuando la hubo”.

Ya en la Edad Media se ajusticiaba y castigaba la violación de menores con la decapitación (si era noble), con la horca, o echando al violador a “las bestias bravas”. Para público escarmiento, al acto de ejecución de la pena capital estaban obligados a asistir todos los vecinos del lugar. En Las Partidas de Alfonso X el Sabio ya se decía: «paladinamente deue ser fecha la justicia de aquellos que ouieron fecho porque deuan morir, porque los otros que lo vieren, e lo oyeren, resciban ende miedo, e escarmiento; diziendo el Alcalde, o el Pregonero ante las gentes, los yerros porque los matan». Los cuerpos quedaban expuestos tres días en el lugar del ajusticiamiento.

El propio emperador Carlos V promulgó una ordenanza en 1533 por la que se castigaba con la muerte el delito de violación de menores.

En el tribunal de la Inquisición de Toledo, entre 1575 y 1610, se abrieron 264 expedientes sobre delitos relacionados con el sexo (el 33% del total). Desconocemos si este caso de La Puebla es uno de ellos, que pasó (por “relajación”) del tribunal de la Inquisición al brazo secular (tribunales reales) para su ejecución. Algún historiador afirma que, aunque el Rey poseía la última instancia de justicia, entre las facultades jurisdiccionales (mixto imperio) del Conde de Montalbán se incluía la pena de muerte “como ocurrió con este hombre”.

No se informa de dónde había venido el condenado ni si fue colgado públicamente en el patíbulo o en algún árbol, costumbre esta última que aparece en el Quijote (Cap. LX, 2ª parte): “estos pies y piernas son de algunos forajidos y bandoleros que en estos árboles están ahorcados”.


10-POSICIÓN DE LA IGLESIA

La Iglesia se opuso desde el principio a los fenómenos de brujería y hechicería provenientes del Oriente. Así San Hipólito de Roma, mártir en el año 235, y San Juan Crisóstomo, Obispo de Constantinopla en el año 398. A finales de la Edad Media se extendió la superstición popular y la competencia de la Inquisición se amplió a estos fenómenos.

El IV Concilio de Toledo en el canon XXIX (año 633) se dice: “Si se descubriese que algún obispo, presbítero, diácono o cualquier otro del orden clerical, consultara a magos, hechiceros, adivinos, agoreros o a algunos otros que ejercen cosas parecidas, depuestos del honor de su dignidad, sean encerrados en un monasterio, consagrados allí a una penitencia perpetua, lloren el crimen cometido”. El mismo Cardenal Cisneros en el Sínodo celebrado en Talavera en el año 1498 pedía a los párrocos que explicaran a los fieles que tales prácticas estaban contra la Ley de Dios.

https://marianoestebancaro.wordpress.com/2018/01/30/brujas-y-hechiceras-en-la-puebla-de-montalban/


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