EL NUDO DEL PROCESO INQUISITORIAL
Juicio a Maria la Hechicera |
El desencadenante del proceso inquisitorial contra María López de Sarria fueron las denuncias de los Licenciados Carmena y Robles, conforme ya hemos señalado.
La documentación recogida por Carmena es enviada al inquisidor don Antonio Fernández del Campo con fecha 5 de noviembre.
La denominada fase instructiva de este tipo de proceso comienza el 26 de noviembre de 1662 en Villaluenga. Son el comisionado Licenciado don Juan Alonso Sánchez junto al notario Eugenio de Frías quienes se encargan de instruir las diligencias iniciales. Deponen ante ellos el Licenciado Robles. Gonzalo Pantoja, Francisco Pantoja, Francisco Ruiz y Julián Vallejo.
No lo hace el Licenciado Carmena al hallarse ausente de Yuncler y encontrarse en Toledo, en el colegio de Santa Catalina, según testimonio del Licenciado Pedro Sánchez de Carasa. Testifican en Torrijos Ana Velasco, Juan del Fresno, Ana Caro, Ana Díaz, Juana Montalvo, María Muñoz, Gabriel del Río y Ángela del Vall~. Otro valioso aporte documental para la acusación fue recogido en las audiencias de La Puebla de Montalbán (26-3-58, 28-3-58, 1-4-58, 4-4-58, 5-4-58, 8-4-58, 14-4-58) Y en Fuensalida (9-7-58), presididas por el inquisidor don José Paniagua y Pardo, además de la declaración voluntaria de la propia acusada María López de Sarria en la audiencia de la tarde del 5 de abril.
Los comparecientes en La Puebla son Ana López, Juana López, Andrés Gómez o Andrés de Sevilla, Lorenzo de Lasarte, Cristóbal Carrasco, Bemabé Sánchez Medina, Mari Marín, Juan Moreno del Valle, Alfonsa Durán, ¡¡edro Vélez de Salazar, Cristóbal Pantoja, Pedro Ortiz de Sotomayor, María Magdalena de Salazar, Andrés González de Rivero, Manuela Hemández, María la Toledana.
Yen Fuensalida (audiencia del 9-7-1658) testificó Leocadia García.
Ya dijimos que María López de Sarriá compareció voluntariamente ante el inquisidor Paniagua y el Licenciado Jerónimo Ruiz Samaniego, en la audiencia de la tarde del 5 de abril del mismo año, para defenderse de las acusaciones dirigidas contra ella por los testigos de La Puebla de Montalbán.
Y asimismo significábamos la tolerante disposición mostrada hacia ella por el Licenciado Paniagua.
Mas no sería aventurado entrar en el campo de las especulaciones y suponer el cambio de actitud del inquisidor cuando María afirmó al Licenciado Carmena que había sido el Licenciado Paniagua quien la había examinado y otorgado una licencia para curar.
El embuste era, en verdad, comprometedor ... En la audiencia del 3 de marzo de 1663 en el Santo Oficio de la Inquisición de Toledo se inicia oficialmente el proceso contra María López de Sarria.
Preside el Tribunal el Licenciado don Ambrosio de Spínola y Guzmán y comparecen ante él los calificadores fray Bias Hurtado, carmelita descalzo, y fray Francisco Pichón, de la Orden de San Francisco, quienes informan a la Sala sobre el resultado de sus investigaciones de los hechos heréticos y supersticiosos que se le imputan a la hechicera, una vez examinados detenidamente los testimonios de los treinta testigos del proceso.
Los calificadores eran en su mayoría teólogos encargados de emitir veredictos respecto a la presunta peligrosidad de textos, expresiones verbales y actuaciones sospechosas de herejía.
Del informe de los citados calificadores extraemos las consideraciones más interesantes.
Del testimonio del Licenciado Robles respecto a la petición por parte de María de un jubón para curar a Francisco Pantoja, coinciden ambos calificadores en considerarlo como «hecho supersticioso con pacto con el demonio saltim implícito».
El hecho de pedir uñas y cabellos del enfermo para curarle es, a juicio de los calificadores, signo de superstición externa e interna.
De la declaración de Ana de Caro (testigo 8.", folio 17 B) sobre la curación de su esposo Juan del Fresno, infieren un delito de superstición externa con indicios graves y vehementes sospechas de interna.
Al testimonio de don Pedro Téllez Ortiz de Sotomayor (testigo: 3.", folio 19) contestan que el intento de curación de su esposa doña Marí,a Magdalena de Salazar es un delito de «embeleco» o superchería y superstición exterior y aparente.
Al de Andrés de Sevilla (testigo 17.", folio 33), respecto a la aparición de los arcabuces de Lorenzo de Lasarte y de la capa del testigo, entienden que se trata de «embeleco con exterioridad y apariencia de adivinación».
Igual juicio que el anterior merecen los atestados de Lorenzo de Lasarte, Cristóbal Carrasco, Manuela Hernández, María la Toledana, Alfonsa Durán y Mari Marín. La declaración de doña María Magdalena de Salazar (testigo 28.", folio 47), merece la misma opinión que la de su esposo.
Del testimonio del carretero de La Puebla de Montalbán, Andrés González Rivero (testigo 29.", folio 48), deducen jactancia de pacto expreso con el demonio y vehemente sospecha de que la rea tenga, en efecto, dicho pacto.
Y, finalmente, de la declaración de Leocadia García (testigo 30.", folio 49), dictaminan que se trata de «vehemente sospecha de superstición grave».
Una vez enjuiciadas las informaciones de los testigos, dictaminan sobre la confesión de María López de Sarria (folio 51): 28 K .. En cuanto al sujeto es constantemente embelecadora, supersticiosa exterior y aparente, gravemente sospechosa de superstición in re y vehementemente sospechosa de tener pacto explícito con el demonio por la jactancia que ha tenido de hablar con él».
MARÍA EN LA CÁRCEL DE LA SANTA HERMANDAD DE TOLEDO
El 14 de marzo de 1663, los inquisidores Diego Ozores, Lorenzo Chacón, Francisco Esteban del Bada y Ambrosio Spínola y Guzmán, a la vista de las testificaciones y dictamen de los calificadores, ordenan auto de prisión definitiva contra María López de Sarria, quien ha de ser conducida a la cárcel de la Santa Hermandad de Toledo.
Asimismo, se decreta por parte del Tribunal la confiscación de todos los bienes de la acusada. El 17 de marzo se redacta el auto de prisión.
El 20 de marzo recibe dicho auto Gabriel del Río de manos del Licenciado Diego González, comisario del Santo Oficio al día siguiente, Miércoles Santo, María es entregada por Gabriel del Río a Alonso de Cañizares, alcaide de la cárcel de la Santa Hermandad.
El comisario del Santo Oficio comprueba que Marfa es pobre de solemnidad, que la dan de comer en la villa de Torrijas, que pide limosna para su sustento y que carece de cama donde dormir.
Y así lo ratifican y juran los testigos Manuel Sánchez y Juan Martín, vecinos de la hechicera.
El traslado de prisión no supuso un alivio para la suerte de María.
Cañizares le asigna una ración de dos reales de a ocho y continúan los malos tratos de palabra y obra.
La rea sigue quejándose al Santo Oficio de las condiciones inhumanas a que se encuentra sometida en carta dirigida a los inquisidores azores, Chacón y Spínola, fechada el4 de abril de 1663.
PRIMERA COMPARECENCIA DE MARÍA ANTE LA- INQUISICIÓN DE TOLEDO
El 7 de mayo de 1663, María comparece ante el inquisidor Spínola y Guzmán en la audiencia de la mañana. Confiesa ser natural de Madrid, vecina de Torrijas, de 34 años de edad.
La prendieron en Yunc1er elIde noviembre de 1662, y entró en la cárcel de Toledo el Miér coles Santo (21-3-1663). Su padre es Juan López de Sarria, natural de Mellide, vecino de Madrid, herrador, ahora pide por amor de Dios, tendrá ochenta años.
Su madre era Mana López, murió en Madrid cuando ésta tenía ocho años. Era natural de Cantabria. Ignora quiénes fueron sus abuelos matemos y paternos.
Tiene un tío paterno llamado Tomás López de Sarria, natural de Mellide y vecino del mismo lugar, donde vende tabaco, vino y aceite. Ha sido capitán, está casado y tiene una hija llamada Isabel.
De una tía paterna llamada Oominga López, vecina y natural de Mellide, no sabe si está casada, ni de qué vive. No sabe de ningún tío por vía materna.
En cuanto a sus hermanos, dice que han sido en total tres hermanas y seis hermanos.
Las tres hermanas fueron bautizadas con el nombre de María, porque su padre prometió a Nuestra Señora llamar a sus hijas así.
Una de ellas falleció hace 24 años, y la otra tiene 24 años, es soltera y sirve en el domicilio de don José de Triana, tesorero de Su Majestad. Los seis hermanos varones murieron todos siendo pequeños, y sólo se acuerda del nombre de tres de ellos: Bartolomé, Francisco y Juan.
De su matrimonio con Juan Sánchez ha tenido diez hijos: -Bernardo, de tres años, natural de Torrijas. -Francisco, de 10 meses, natural de Torrijas. -María Magdalena, que murió de 6 meses en Cebolla. -Bartolomé, que murió de pecho en El Casar. -María, que murió también en El Casar de pecho.
Del resto no recuerda sus nombres, sólo de que murieron todos antes de cumplir un año.
Jura que «ninguno de sus abuelos, padres, parientes transversales y colaterales han sido presos, penitenciados, reconciliados o condenados por el Santo Oficio, ni tampoco ella.
Todos han sido y son cristianos viejos».
Confiesa que sólo ha comparecido una sola vez ante la Inquisición y fue en La Puebla de Montalbán ante el Licenciado don José Paniagua y Pardo, quien la interrogó sobre si disponía de licencia para curar.
Manifiesta que es cristiana bautizada y confinnada, que confiesa y comulga en los tiempos que manda la Santa Madre Iglesia, que oye misa.
Y que la última vez que se confesó fue después del domingo de Quasimodo en la cárcel de la Hennandad con un religioso de la Compañía y que recibió la Comunión.
Confiesa no saber leer ni escribir, que no ha estudiado ninguna facultad más que el modo de curar y que no tiene libros prohibidos.
Nunca ha salido de estos reinos de Castilla. Continúa María con su declaración relatando los pormenores de su vida y finaliza remitiéndose a las palabras que el inquisidor Paniagua le manifestó en La Puebla de Mantalbán: «En el Santo Oficio no se acostumbra prender persona alguna sin valerse de información de haber dicho, hecho y cometido o visto hacer, decir y cometer a otras personas alguna cosa que sea o parezca ser contra nuestra sánta fe católica y ley evangélica que tiene predicada y que enseña la Santa Madre Iglesia Católica Romana y contra el Credo y libre ejercicio del Santo Oficio»'
ACUSACIÓN DEL FISCAL
En la audiencia del 28 de enero de J 664, el inquisidor-fiscal Licenciado don Antonio Fernández del Campo y Angulo, presentó una acusación firmada con su nombre contra María López de Sarria, a la que hizo comparecer ante la presencia del inquisidor Licenciado don Lorenzo Chacón y Fajardo.
El sumario, basado fundamentalmente en los informes de los calificadores, se puede resumir en los siguientes términos: El pedir para la curación de Francisco Pantoja uñas, cabellos y una camisa del enfermo es para el fiscal delito de superstición exterior y pacto con el demonio saltirn implícito.
Justificar la intervención en curaciones aludiendo a una supuesta (falsa) autorización del Santo Oficio es muestra de lo «embelecadora y supersticiosa que es esta rea».
En la «Oración devotísima de San Cipriano» hay indicios de superstición, palabras sospechosas en la fe y prácticas de judaísmo.
En el asunto de Andrés Hemández, el vecino de Torrijas cuya mujer pidió a María que le matase (septiembre de 1662), el tiscalla acusa de «embelecadora y estafadora»,
Igual juicio le merece la intervención de la hechicera en la curación de la joven Leocadia Madrid, esposa del alfarero toledano Melchor de los Reyes.
La imposición de manos en la cabeza del enfenno torrijeno Juan del Fresno quien, según su esposa, bramaba y bufaba al mismo tiempo que la hechicera susurraba un ensalmo, lo juzga el Licenciado Fernández del Campo de superstición externa con indicios graves y vehementes de interna.
En la aparición de la capa de Andrés de Sevilla, delito de «adivinación exterior y aparente y embeleco)).
En la aparición de los arcabuces de Lorenzo de Lasartc (agosto de 1657), la considera sospechosa de jactarse de adivina. En el asunto de Cristóbal Pantoja (abril de 1658) y de la mujer que pretendía que se le hechizase para que éste se casase con su hija, la acusación es de «jactancia de superstición y vehemente sospecha de supersticióm).
En la ocasión que comentó la rea con María, la hija del «Zapatero CojO), que ella hablaba con el demonio dos o tres veces al día y que, además, tenía pelos del diablo, el delito es de «jactancia de pacto expreso con el demonio y vehementemente sospechosa de tener dicho pacto».
En el caso del torrijeño Marcos López, cuya viuda Leocadia García acusó a su vecina Ana de Rojas de haberle matado por medio de hechizos, la acusa de jactancia de superstición y sospechosa de superstición in re.
El permitir que varias personas preguntasen a la rea si eran queridos o queridas por otras personas y adivinar con quién se casarían, es considerado como delito de «embeleco y jactancia de superstición exterior».
Respecto a los remedios, fórmulas y origen de las mismas en los libros de Avicena y Dioscórides, lo juzga de «embeleco y embuste».
Además la acusa de que en varias audiencias ha perjurado voluntaria y conscientemente.
El Licenciado Femández del Campo pide, finalmente, que se declare a María López de Sarria de «hechora y perpetradora de los dichos delitos, de hereje, apóstata, saltim sospechosa en fe, perjura, sacnlega. encubridora de herejes»20.
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