miércoles, 21 de noviembre de 2018

Cuando un Secretario del Juzgado Municipal de Toledo condenado por parricidio a finales del Siglo XIX

ESBOZOS PARA UNA CRÓNICA NEGRA DE ANTAÑO (XXXII)

Julián confesó que había cometido las agresiones a su mujer y su hija obcecado con la idea de suicidarse y con el objeto de que sus seres queridos le precediesen en ese tránsito

Enrique Sánchez Lubián
@eslubianTOLEDOActualizado:02/11/2018 14:21h0

En los primeros años ochenta del siglo XIX, el abogado Julián Martín Bejerano disponía de una buena y reconocida posición social en la ciudad de Toledo.

Nacido en 1852 en la localidad de Menasalbas en una familia pudiente, había estudiado bachillerato en el Instituto Provincial y derecho en la Universidad Central de Madrid. Tras ejercer unos años como letrado para pobres, desempeñaba el cargo de secretario del Juzgado Municipal.

Vivía en el número 19 de la calle Instituto junto a su esposa, su suegra, su hija y una joven criada. Y allí, en su domicilio protagonizó una sonada tragedia que terminó llevándole a prisión en 1883.Calle del Instituto, en cuyo número 19 se desarrolló el trágico suceso que llevó a Martín Bejerano hasta la cárcel provincial (Foto, Archivo Municipal de Toledo)

El matrimonio entre Martín Bejerano y María Teresa Alliot estaba considerado como ejemplar. En 1881 el nacimiento de una niña, a quien pusieron de nombre Julia, alegró la convivencia marital. A ojos de la ciudadanía, todo marchaba sobre ruedas entre ellos.


Pero el abogado comenzó a frecuentar el Casino toledano, participando en cuantas partidas podía, siéndole indiferente a lo que se jugase en ellas. Su carácter y costumbres empezaron a cambiar. Los amigos de siempre fueron retrayéndose en su trato, apareciendo otros nuevos que fomentaban la nueva pasión que le dominaba. Contrajo deudas, empeñó y vendió joyas familiares y su espíritu fue tornándose excéntrico y agobiado.

En la madrugada del 4 de septiembre, tras haber permanecido jugando en el Casino regresó a su hogar. Antes de dirigirse a su dormitorio entró furtivamente en el cuarto de la criada, Serapia Iglesias, joven de diecisiete años, al parecer con intenciones deshonestas. De inmediato ella se resistió y tras el forcejeo Julián cedió en sus pretensiones, suplicándole que no dijera a su esposa nada de lo ocurrido.

A la mañana siguiente la tranquilidad reinaba en el hogar. Serapia fue a la calle para realizar la compra. La esposa del abogado, y su madre, Teresa Fané, se encargaban de los quehaceres domésticos. Y Julián, acunaba entre los brazos a su pequeña hija, de dos años de edad, paseándola por los corredores de la vivienda.

Al regresar de la calle, Serapia expresó a la señora de la casa su intención de abandonar el servicio al matrimonio. Cuando María Teresa insistió en conocer los motivos de tal decisión, la joven le relató lo ocurrido la noche anterior. Enojada, recriminó a su esposo su actitud, preguntándole de forma airada «¿qué tenías tú que hacer en el cuarto de la criada?».

Aunque de momento todo quedó en el consiguiente disgusto familiar, pasado un rato la tragedia se desencadenó.

De forma convulsiva, Bejerano comenzó a oprimir el cuello de su hija hasta creer haberla estrangulado. Luego se dirigió a su despacho, cogió una pistola que allí guardaba, bajó las escaleras y disparó dos tiros a su esposa. Volvió a cargar el arma, hiriéndose accidentalmente en un brazo.

Regresó presuroso a su tocador, autolesionándose en el cuello con una navaja de afeitar. Tambaleándose llegó hasta el cuerpo de su hija, abrazándola con fuerza.

Tras permanecer así unos instantes, intentó subir de nuevo a su gabinete pero quedó tumbado sobre los escalones, donde fue encontrado por las primeras personas que llegaron a la mansión alertadas por las voces y gritos escuchados desde la calle.

Los doctores Tomás Moreno y Juan Moraleda atendieron allí mismo a los heridos. María Teresa, en avanzado estado de gestación, tenía una herida de arma de fuego, sin orificio de salida, en la región temporal izquierda, considerada como mortal de necesidad.

 La niña estaba medio asfixiada con cardenales en el cuello. Julián confesó que había cometido estas agresiones obcecado con la idea de suicidarse y con el objeto de que sus seres queridos le precediesen en ese tránsito, para «que no quedaran en este mundo a merced de nadie».


Tras una primera cura de urgencia, el juez ordenó el traslado de Bejerano, en calidad de detenido, al cercano hospital provincial de la Misericordia.Noticia de “El Nuevo Ateneo” dando cuenta de la muerte de María Teresa Alliot días después de ser tiroteada por su marido

A pesar de la gravedad de su estado, a las cuarenta y ocho horas de ser herida María Teresa dio a luz a una niña, que fue bautizada con el nombre de María Milagros.

Dieciocho días después, el 22 de septiembre, la esposa de Martín Bejerano falleció. Por entonces, él ya estaba recluido en la cárcel provincial del antiguo convento de los Gilitos.

En el mes de marzo del año siguiente se celebró la vista judicial por estos hechos. Julián Martín encomendó su defensa al abogado Juan Argüelles, quien orientó la misma hacia la consideración de estado mental del procesado, con la finalidad de acogerse a la exención de responsabilidades contempladas en el Código Penal.

Así, los informes periciales aportados sostenían que por antecedentes familiares, Bejerano tenía «gérmenes» de estas perturbaciones intelectuales, habiendo quedado patente tal circunstancia en el comportamiento tenido en la cárcel dando gritos, pronunciando discursos y escribiendo extensas incoherencias.

Incidiendo en esa línea argumental, varios testigos declararon que durante las partidas de juego, el procesado mostraba notables alteraciones de comportamiento, «excentricidades, cambios de carácter y tonterías impropias de un hombre formal y serio».

Siete vecinos de Menasalbas indicaron que la madre de Bejerano también se encontraba afectada por «perturbación intelectual», al igual que otros familiares cercanos. Los peritos médicos de la defensa apuntaron, incluso, que el procesado padecía lipemanía suicida, delirio moral, epilepsia larvada y locura intermitente.

En su declaración el propio acusado dijo que al llegar del Casino entró en el aposento de la criada para hablar con ella, pues quería aclarar algunos comportamientos anómalos, como que algunas veces la había visto dormir la siesta sobre un tejado y, en otras ocasiones, su suegra le había advertido de que no se acostaba en toda la noche.

Dijo haberla encontrado dormida y que al cogerle un brazo para despertarla, ella comenzó a gritar.

Respecto a los ataques a su mujer y su hija, declaró no tener conciencia de los mismos, sino recuerdos vagos, no sabiendo, tampoco, si había cargado o no la pistola con la que disparó a María Teresa. Sí reconocía, en cambio, tener preparada la navaja para afeitarse, pues antes de desencadenarse los hechos había recibido un aviso para personarse en el Juzgado.

Ninguna de las argumentaciones expuestas durante la vista con la finalidad de eximir de responsabilidades a Bejerano fue admitida por el fiscal, Juan José Armendariz, quien mantuvo no haberse probado la posible locura del procesado, sosteniendo que no debía confundirse la misma con «los impulsos de la pasión, del vicio y del vértigo».

 En sus conclusiones finales mantuvo que el reo debía ser condenado por un doble delito de parricidio en grado consumado y frustrado en las personas de su mujer y su hija.

Cinco días después de iniciada la vista, el tribunal presidido por el magistrado Arsenio Ramírez de Orozco condenó a Julián Martín Bejerano a dos penas de cadena perpetua y diez años de prisión por los delitos explicados por el fiscal.


También se le imponía una indemnización de cinco mil pesetas para los perjuicios ocasionados a las hijas de María Teresa, declarándose el comiso de la navaja, la pistola y sus cápsulas y ordenando su venta para aplicar su producto al pago de parte de las responsabilidades civiles del penado.

https://www.abc.es/espana/castilla-la-mancha/toledo/centenario-quijote/abci-secretario-juzgado-municipal-toledo-condenado-parricidio-201811021345_noticia.html

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