El ocho de enero de 1906, en Madridejos, fue encontrado el cuerpo sin vida de Leocadia Moreno Cid, de setenta y nueve años de edad. Yacía sobre un charco de sangre en una cuadra de su vivienda de la calle Amargura
@eslubianTOLEDO
Junto a ella había un tronco de madera, con el que presuntamente le habían golpeado la cabeza. La investigación de su muerte fue asumida por el juez Antonio Delgado Curto. Durante la inspección de la casa pudo comprobarse que en las habitaciones había algunos baúles abiertos, estando sus ropas revueltas y tiradas por el suelo.
También se localizaron varios documentos de crédito a favor de la mujer, sin hallar rastro de dinero en metálico, aunque en el pueblo se decía que guardaba alguna cantidad. Parecía claro que el robo era el motivo del asesinato, si bien quedaba pendiente de averiguar quién o quienes podrían ser sus autores.
Desde un primer momento las sospechas del juez recayeron en Juan García Portanova (a) «Cascorro», quien tiempo atrás había tenido una disputa con Leocadia a causa de un préstamo que ella le había hecho.
Según declararon unas sobrinas de la víctima, tras reclamarle la mujer el pago de una cantidad que le adeudaba, él se la entregó «con mucha ira», diciéndole que «tenía que cortarle el cuello el día que menos lo imaginase».
Durante las diligencias, el juzgado de Instrucción tuvo conocimiento de que mientras se cometió el crimen, en la vivienda de IsabeloPablo de Mora (a) «Cuco», contigua a la de la víctima, éste, junto a «Cascorro» y sus esposas, María Paz Pérez de Neira y Vicenta Martín Camuñas, procedieron a matar un cerdo.
Este hecho, aparentemente casual, llamó la atención de los investigadores al deducir que la matanza podría ser una coartada para que en caso de encontrar algún rastro de sangre en la ropa del presunto autor, el mismo pudiera ser achacado a tal faena.
El juez también averiguó que una de las mujeres intentó esconder en un arca la camisa manchada del principal sospechoso. Con estos indicios, se dictaminó el procesamiento de los cuatro y su ingreso provisional en la cárcel del partido.
Al entrar en la misma, el director de la prisión se percató de que Portanova tenía en su calzado manchas que bien podrían ser de sangre.
En la mañana del día once, el vigilante de la cárcel encontró a «Cascorro» cubierto de sangre.
Reconocido por el forense, se le apreció una herida en el cuello, de seis centímetros de extensión, causada con una pequeña navaja, y una herida contusa en la sien derecha, producida al golpearse la cabeza con un guijarro.
Ambas eran de carácter leve. Interrogado por el juez de instrucción, manifestó haber intentado suicidarse para evitar la vergüenza que le producía el que se le creyera culpable del asesinato de Leocadia.
Tres años tardó el suceso en ser juzgado por la Audiencia Provincial de Toledo. La vista tuvo lugar en abril de 1909 y para entonces una de las encausadas, Vicenta Martín, había fallecido. En sus conclusiones provisionales, el fiscal, Mariano Arredondo, consideraba que Juan e Isabelo habían sido los autores materiales del crimen. Sostenía que pasaron a su domicilio saltando una pared contigua, sorprendiendo a Leocadia cuando salía de una habitación y se dirigía a la cuadra donde guardaba la leña.
Consideraba los hechos constitutivos de un delito de homicidio con las agravantes de «haberse efectuado en la morada de la ofendida, con desprecio y ofensa del sexo y edad de la finada, con abuso de superioridad».
Estimaba, también, que sus esposas eran cómplices del delito, habiendo acechado a la víctima para facilitar el robo y participando en la matanza del cerdo con la pretensión de disponer de una excusa por si acaso eran descubiertos. En consecuencia pedía penas de veinte años de reclusión para ellos y de ocho años y un día de prisión mayor para María Paz.
Pese a esas certezas, las pruebas y testimonios evacuados durante la vista fueron bastante inconsistentes. Aunque la autopsia había determinado que Leocadía había fallecido por asfixia incompleta de presión sobre el cuello y por golpes intensos sobre el cráneo, los peritos médicos no pudieron asegurar si en la muerte intervinieron una o dos personas.
No había ningún rastro del dinero que podría haber sido robado y las declaraciones de los testigos citados no derivaban hacia nada concluyente. Las dudas sobre la implicación de los encausados en la muerte de la anciana se extendieron entre los miembros del tribunal y personas asistentes a la vista.
Pese a no creer en los alegatos de inocencia que exponían los tres acusados y sus defensas, el fiscal retiró las acusaciones intentando evitar que el proceso concluyese con un lamentable error judicial. El acusador particular, Federico Lafuente, se sumó parcialmente a esas tesis, aunque mantuvo la consideración de culpabilidad sobre «Cascorro».
Esa misma calificación fue asumida por el tribunal popular, considerando que Juan García Portanova era culpable de un delito de homicidio. Antes de que se dictase sentencia, la fiscalía y el abogado del procesado, considerando que tal veredicto era desacertado, solicitaron que la causa fuese revisada. La petición fue aceptada de inmediato.
La revisión tuvo lugar en marzo de 1910. Ante este segundo capítulo de la vista por el crimen de Leocadia Moreno, desde las paginas de «El Porvenir», semanario carlista, se procuraba captar la máxima atención entre sus lectores:
«Ayer dio principio, ante el Tribunal popular, la revisión de un grave y curioso proceso con motivo de un crimen horrendo que por la astucia y el sigilo con que su autor o autores lo perpetraron, aparece envuelto en las sombras más impenetrables».
Semejante consideración contribuyó a que los toledanos siguiesen expectantes cuanto sucedía en la Audiencia durante esos días
Vista aérea de Madridejos, cuyos vecinos hubieron de esperar cuatro años hasta conocer la sentencia definitiva impuesta a Juan García Portanova (a)
«Cascorro» - ARCHIVO DIPUTACIÓN PROVINCIAL
Durante la vista, el fiscal, Luis Barroeta, volvió a retirar la acusación contra «Cascorro» porque, como su antecesor, carecía de pruebas concluyentes para mantenerla aunque estaba convencido de su culpabilidad.
La acusación privada volvió a reiterarse en sus peticiones, mientras el defensor, Francisco Bejerano, reclamaba la absolución del ya único encausado.
Como ocurriera la vez anterior, el jurado popular volvió a considerar que el procesado había cometido un delito de homicidio. Ante tal circunstancia, y tras ser oídas todas las partes, el tribunal de derecho, presidido por Sérvulo Miguel González, impuso a «Cascorro» una pena de diecisiete años, cuatro meses y un día de reclusión temporal.
El uno de marzo de 1920, una vez que Juan García Portanova ya había cumplido las tres cuartas partes de su condena, el rey Alfonso XIII firmó un real decreto por el que se le concedía la libertad provisional. Horas después «Cascorro» abandonaba la prisión gaditana de San Fernando, donde hasta entonces había permanecido recluido.
26/06/2018 13:38
Enrique Sánchez Lubián, escritor y periodista
https://www.abc.es/espana/castilla-la-mancha/toledo/abci-matanza-cerdo-para-encubrir-asesinato-anciana-201806261333_noticia.html#ns_campaign=mod-sugeridos&ns_mchannel=relacionados&ns_source=matanza-de-un-cerdo-para-encubrir-el-asesinato-de-una-anciana&ns_linkname=noticia.foto.local&ns_fee=pos-1
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