sábado, 8 de marzo de 2014

Iglesias y parroquias Mozárabes

Parroquias personales

El Código de Derecho Canónico vigente establece en su canon 518 que como regla general las parroquias han de serterritoriales es decir, han de comprender a todos los fieles de un territorio determinado.

Plano de Toledo donde se muestra la ubicación de las iglesias cuya existencia nos es conocida:

Ubicación de las iglesias mozárabes de Toledo según Julio Porres Martín-Cleto (1967) 

Sin embargo, también prevé la existencia de parroquias personales que se pueden constituir "en razón del rito, de la lengua o de la nacionalidad de los fieles de un territorio, o incluso por otra determinada razón" (Código de D.C. nº 518). 

Las parroquias mozárabes de Toledo son de este último tipo, esto es, son parroquias personales, no territoriales, por lo que los mozárabes están vinculados a una determinada parroquia mozárabe independientemente de donde vivan, sea dentro o fuera de Toledo.

b) Organización parroquial

Se conserva actualmente la estructura canónica de las seis parroquias mozárabes tradicionales, aunque reorganizadas de la siguiente manera:

Parroquias Matrices Filiales
Santas Justa y Rufina San Lucas San Sebastián.
Santa Eulalia San Marcos San Torcuato

a) Reseña histórica

No hay certeza absoluta de cuántas iglesias y monasterios, tras la incorporación de Toledo a Castilla en 1085, mantuvieron el rito tradicional hispánico.

Parece ser que, al producirse la reconquista de la ciudad, los mozárabes de Toledo se agrupaban en seis o siete parroquias y mantenían el culto en otras iglesias más, y que tanto a unas como a otras se les permitió continuar con su rito, con carácter personal y no territorial. Por el contrario, las nuevas parroquias que se crearon a partir de la recuperación de la ciudad fueron todas parroquias territoriales de rito romano.

Podemos observar que además de las seis parroquias que han sobrevivido física o canónicamente; esto es: San Torcuato, San Marcos, San Lucas, San Sebastián, Santa Eulalia y Santas Justa y Rufina, existieron otras iglesias -alguna de ellas probablemente también parroquia- que mantuvieron el culto mozárabe pero que han desaparecido incluso canónicamente. Serían las de Omnium Sanctorum, San Cosme y San Damián y Santa María de Alficén. También tenemos noticias de monasterios mozárabes que pervivieron durante algún tiempo, como el de San Servando.

Lo cierto es que no existen datos precisos sobre los lugares en que se siguió manteniendo el rito hispano-mozárabe tras el fin del dominio sarraceno. Significativamente, en el fuero de los mozárabes, que data de 1101, no se menciona lo relacionado con el culto ni con las iglesias, por lo que parece que un acuerdo tácito entre los mozárabes y el rey y no otro tipo de estatuto jurídico fue en realidad lo que permitió su continuidad.

Como veremos más adelante, el que las iglesias visigodas abiertas al culto permanecieran durante la dominación mahometana en el interior de la ciudad no es compartida hoy día por todos los investigadores. No obstante, es la opinión tradicional mantenida durante siglos y generalmente admitida, por lo cual merece la pena tenerse en cuenta.

En cualquier caso, la paulatina mezcla de la comunidad mozárabe con el resto de la población cristiana, el carácter personal de la parroquialidad y las condiciones en que se transmitía la mozarabía de una generación a otra dieron lugar a una lenta disminución del número de feligreses y a un empobrecimiento de sus parroquias.

 Así, en 1436 el testamento del obispo de Segovia, Juan Vázquez de Cepeda alude a la gran penuria de estas parroquias mozárabes, "que ya non han clérigos que celebren el dicho oficio, et es ya uenido en obliuio et oluidança" (1). En 1576 Hurtado de Toledo dice que sólo conservaban fieles Santas Justa y Rufina, San Marcos, Santa Eulalia y San Lucas; ésta última sólo con cuatro parroquianos, que además residían fuera de Toledo.

Como consecuencia del Concordato de 1851 las parroquias se redujeron a dos: San Marcos (sita entonces en la iglesia del ex-convento de los trinitarios) y Santas Justa y Rufina. A la primera de ellas se le adscribieron como filiales las antiguas parroquias de Santa Eulalia y San Torcuato y a la segunda las de San Lucas y San Sebastián. También se reorganizó la Capilla Mozárabe de la Catedral por Real Decreto Orgánico de 1853, reduciendo el número de capellanes.

Durante la persecuión religiosa de 1936 sufrieron grandes daños, San Lucas, San Sebastián y Santa Eulalia y fueron asesinados la totalidad de los sacerdotes mozárabes, así como varios de sus feligreses.

De las seis iglesias parroquiales tradicionales sólo cuatro se conservan actualmente en pie: Santas Justa y Rufina, San Lucas, San Sebastián y Santa Eulalia, concentrándose el culto hispano-mozárabe en Santas Justa y Rufina y Santa Eulalia como parroquias matrices y contando además con San Lucas como sede de la hermandad de los mozárabes. La primitiva de San Marcos y la de San Torcuato, desaparecieron físicamente (aunque no canónicamente) hace tiempo y la de San Sebastián es la sede de la Cofradía Internacional de Investigadores del Santo Cristo de la Oliva.

b) La fundación de las iglesias mozárabes según la tradición

Poco se sabe de la fecha de fundación de estas iglesias y actualmente no hay acuerdo entre los especialistas. Tradicionalmente se ha recurrido a un epigrama erróneamente atribuido a san Ildefonso (608?- 667) y que reza así:

Lucae sacravit supplex Evantius aedem, 
Cui Nicolaus erat nobilis ipse pater. 
Lucia nostra parens; soror et Evantia, frater 
Eugenius praesul hujus et urbis amans. 
Lazarus a genitrice mea recta optima pauper 
Accipit hospitibus, pauperibusque domum. 
Quin avia illustri de sanguine nata Gothorum, 
Templa simul Marco sancta Blesilla facit. 
Quin ejus soboles Nicolaique Evantia, conjux 
Ophilonis amans, et venerata Deum; 
Templa superba Petro sub moenibus erigit urbis, 
Auget item redditus, complet honore domum. 
Hic Ophilo regis soboles fuit Athanagildi, 
Atque meus genitor frater item Stephanus. 
Coenobium Eulaliae rex Athanagildus et aedem, 
Noster avus, Justae sed prius instituit. 
Vir fuit iste pius, nulli pietate secundus: 
Sed clam propter eos qui viguere Gothos. 
Sebastianus habet templum regnante Liuva 
Urbe sub; at reparat Ervigius Mariae. 
Quin tamen aedificat rex Constantinus eidem, 
Toletique domus tertia sacra fuit. 
Vivite magnificis tecta assurgentia divis, 
Qui regitis vestro moenia praesidio.
(Patrología Latina Vol. 96, col. 323-324)

Según este texto, la iglesia de San Lucas la habría fundado el príncipe Evancio; la de San Marcos, la princesa Blesila, hija de Chindasvinto; el rey Atanagildo las de Santas Justa y Rufina y Santa Eulalia, y el rey Liuva, hijo de Recaredo, la de San Sebastián.

Esto nos daría la siguiente cronología: Santa Justa habría sido erigida en el año 554 o 555; Santa Eulalia, hacia el 560; San Sebastián, en torno al 602; San Lucas, hacia el 635; y San Marcos, por la misma época. San Torcuato no se cita en este texto porque se erigiría después de la muerte de san Ildefonso, durante el reinado de Egica.

Lo cierto es que el otoño del 711, cuando se firmaron las capitulaciones con los invasores de Toledo, ya existían estas iglesias y fueron reconocidas y respetadas como lugares para el culto cristiano. También tenemos noticias de otras durante ese periodo: las ya mencionadas de Sta. María de Alficén y Omnium Sanctorum y posiblemente también Santa Leocadia, amén de un indeterminado número de monasterios situados en el entorno de la ciudad.

Fuente: http://www.hispanomozarabe.es/iglesias/igl-tol-ind.htm

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