LOS SEÑORIOS MEDIEVALES
La comarca, en cuanto al régimen dominical, ofrece un panorama más o menos homogéneo si atendemos a la ocupación del territorio por diversos señoríos, ya que aproximadamente el 70 por ciento de la extensión comarcal lo administra Toledo, en régimen de jurisdicción o de señorío.
El resto se reparte entre diversos estados, siendo el más importante el de Montalbán. Otros pertenecen a la Orden de S. Juan, Condes de Fuensalida, Mora, Arcos, arzobispado de Toledo, Señorío de Ajofrín, de Sonseca y realengo.
El resto se reparte entre diversos estados, siendo el más importante el de Montalbán. Otros pertenecen a la Orden de S. Juan, Condes de Fuensalida, Mora, Arcos, arzobispado de Toledo, Señorío de Ajofrín, de Sonseca y realengo.
OTROS SEÑORIOS DE LA COMARCA ORGAZ.
~ Por antigüedad en la comarca, el señorío de Orgaz sigue al de Toledo. Parece ser que fue Alfonso X quien dio a Ruy Gutiérrez de Toledo, miembro de la nobleza de la ciudad, el señorío de la villa. Le sucedió su hijo Gonzalo Ruy de Toledo, inmortalizado por El Greco, y a éste, Martín Fernández de Toledo, Notario Mayor de Castilla; y a su muerte, doña Aldonza, su hija, que casó con un miembro de la Casa de Guzmán, de procedencia andaluza. A un hijo de este matrimonio, Carlos V le otorgó el título de conde de Orgaz.
Su única hija, al abrazar la vida religiosa, rompe la línea directa de los antiguos señores de Orgaz, pasando el título a una rama colateral de los Mendoza y derivando después en otras casas, perdiendo incluso el apellido en favor de un linaje valenciano, desarraigándose de esta forma de la comarca y Toledo. Referente a su fiscalidad, Orgaz tenía el impuesto del "dozava", la "marzazga", el diezmo eclesiástico y aguinaldo real, valorándose estas cargas en el siglo XVI en medio millón de maravedíes. El conde de Orgaz ponía en la villa justicia, oficios concejiles y alcaide para su fortaleza.
MONTALBAN.
~ Este señorío comprendía las villas "y lugares de La Puebla, San Martín de Montalbán, Villarejo de Montalbán, Menasalhas, Gálvez, Jumela, Carpio y Mesegar, éstos dos últimos fuera de la comarca. La superficie aproximada era de 50.000 Ha. y su población en el siglo XVII de 7.000 habitantes. Primitivamente el territorio de Montalbán perteneció a los templarios, que extendieron su jurisdicción sobre la parte central de la cordillera. Posteriormente lo poseyeron varios señores: Alfonso Fernández Coronel en el reinado de Alfonso XI; en el siglo XV estaba en poder de doña Leonor de Alburquerque, reina de Aragón. Después, a la esposa de Juan n, quien cedió el señorío de Montalbán a D. Alvaro de Luna. Después de la confiscación del señorío al valido, Enrique IV lo dona a D. Juan Pacheco, marqués de Villena, el 24 de diciembre de 1.461, que fue el primer conde de Montalbán. Su sucesor, Alonso Téllez Girón fundó el "Lugar Nuevo de San Martín de Montalbán ".
Los impuestos por el señorío solariego fueron desiguales. En la época de doña Juana Pimentel se pagaba el diezmo del ganado lanar y cabrÍ o además del derecho de portazgo en el puente de La Puebla, consistente en tres florines por cada millar de ovejas y otras alcabalas. También tenían los condes de Montalbán el derecho a n o m brar justicias y regidores, lo que fue motivo de pnfrentamientos con los vecinos de La Puebla.
ESTADO DE FUENSALlDA
.- A este señorío de los López de Ayala pertenecía Guadamur, donde las rentas del conde de Fuensalida en el siglo XVI eran tributos de carácter solariego y en virtud de ello recibía 460 fas. de pan, trigo, cebada, un tributo de 6.000 mrs. al año y 164 en concepto de vasallaje. En el siglo XVIII las alcabalas ascendían en Guadamur a 3.646 rls. Las atribuciones y derechos del titular de Fuensalida en este pueblo en cuanto a nombramientos, era el de poner jueces que administraban justicia en nombre del conde. También lo hacía con los alcaldes y oficiales. Esta costumbre evolucionó en la Edad Moderna, nombrando el pueblo a su gobierno.
SEÑORIO DE CUERVA
.- Este señorío nació en la Edad Media por la compra que hizo Juan Carrillo al concejo toledano, desgajándose Cuerva del señorío municipal de los Montes de Toledo. Los sucesores de Juan Carrillo lo traspasaron a la familia Garci Lasso de la Vega, comendador de León, esposo de Doña Sane ha de Guzmán, señora dE' Batres, sucediéndoles su hijo Pedro Lasso de la Vega, uno de los cabecillas de la guerra de las Comunidades y hermano del poeta Garci Lasso de la Vega. Un sucesor del primero fue titulado conde de Arcos, quien adquirió las alcabalas de Cuerva, devengando éstas 9.000 rls. Después el señorío recayó en la casa de Montealegre, que en 1.752 ostentaba el título D. Diego de Guevara, IV marqués de Montealegre y XIII de Oñate.
La justicia la proponía al señor, al ayuntamiento saliente.
SEÑORIO DE NOEZ.
- Comprendía un territorio de 3.428 Ha., la posesión de los Niño. Siendo el primer señor de Noez D. Hernando Nino, regidor de Toledo en el reinado de Juan 11. Entre sus sucesores se encuentra doña María Niño de Rivera, esposa de Lope de Conchillos, secretario de los Reyes Católicos. Estuvo siempre psta ramilia en círculo cortesano, sirviendo a la burocraciu real. Reciben los señores de N,oez diversos impuestos de origpn medieval. La justicia la ponía el señor, que pugnaba en ello con Toledo, bajo cuya jurisdicción se encontraba.
SONSECA.
- Perteneció esta población en la Edad Media a la Iglesia de Toledo y al señorío municipal de la ciudad, escindiéndose de ésta en 1.629 al transformarse en villa, debiendo pagar para ello 16.000 mrs. por vecino. Los modestos habitantes sonsecanos, no pudiendo reunir tal cantidad, concertaron la venta del señorío, jurisdicción y vasallaje a un portugués llamado Duarte Fernández Acosta, que lo adquirió por 225.500 rls. que pagó al contado; tomando posesión del señorío de Sonseca su hijo Alvaro. en l.64l. A la muerte de éste se entabló un pleito por el derecho u poner regidores que correspondía al nuevo señor, detalle que no rpconocÍan los de Sonseca. Fue rpsuelto en 1.719, reconociendo pI derecho a poner justicia a los fundadores del señorío. Los impuestos anuales en el siglo X VIII alcanzaban 4.000 rls.
Su única hija, al abrazar la vida religiosa, rompe la línea directa de los antiguos señores de Orgaz, pasando el título a una rama colateral de los Mendoza y derivando después en otras casas, perdiendo incluso el apellido en favor de un linaje valenciano, desarraigándose de esta forma de la comarca y Toledo. Referente a su fiscalidad, Orgaz tenía el impuesto del "dozava", la "marzazga", el diezmo eclesiástico y aguinaldo real, valorándose estas cargas en el siglo XVI en medio millón de maravedíes. El conde de Orgaz ponía en la villa justicia, oficios concejiles y alcaide para su fortaleza.
MONTALBAN.
~ Este señorío comprendía las villas "y lugares de La Puebla, San Martín de Montalbán, Villarejo de Montalbán, Menasalhas, Gálvez, Jumela, Carpio y Mesegar, éstos dos últimos fuera de la comarca. La superficie aproximada era de 50.000 Ha. y su población en el siglo XVII de 7.000 habitantes. Primitivamente el territorio de Montalbán perteneció a los templarios, que extendieron su jurisdicción sobre la parte central de la cordillera. Posteriormente lo poseyeron varios señores: Alfonso Fernández Coronel en el reinado de Alfonso XI; en el siglo XV estaba en poder de doña Leonor de Alburquerque, reina de Aragón. Después, a la esposa de Juan n, quien cedió el señorío de Montalbán a D. Alvaro de Luna. Después de la confiscación del señorío al valido, Enrique IV lo dona a D. Juan Pacheco, marqués de Villena, el 24 de diciembre de 1.461, que fue el primer conde de Montalbán. Su sucesor, Alonso Téllez Girón fundó el "Lugar Nuevo de San Martín de Montalbán ".
Los impuestos por el señorío solariego fueron desiguales. En la época de doña Juana Pimentel se pagaba el diezmo del ganado lanar y cabrÍ o además del derecho de portazgo en el puente de La Puebla, consistente en tres florines por cada millar de ovejas y otras alcabalas. También tenían los condes de Montalbán el derecho a n o m brar justicias y regidores, lo que fue motivo de pnfrentamientos con los vecinos de La Puebla.
ESTADO DE FUENSALlDA
.- A este señorío de los López de Ayala pertenecía Guadamur, donde las rentas del conde de Fuensalida en el siglo XVI eran tributos de carácter solariego y en virtud de ello recibía 460 fas. de pan, trigo, cebada, un tributo de 6.000 mrs. al año y 164 en concepto de vasallaje. En el siglo XVIII las alcabalas ascendían en Guadamur a 3.646 rls. Las atribuciones y derechos del titular de Fuensalida en este pueblo en cuanto a nombramientos, era el de poner jueces que administraban justicia en nombre del conde. También lo hacía con los alcaldes y oficiales. Esta costumbre evolucionó en la Edad Moderna, nombrando el pueblo a su gobierno.
SEÑORIO DE CUERVA
.- Este señorío nació en la Edad Media por la compra que hizo Juan Carrillo al concejo toledano, desgajándose Cuerva del señorío municipal de los Montes de Toledo. Los sucesores de Juan Carrillo lo traspasaron a la familia Garci Lasso de la Vega, comendador de León, esposo de Doña Sane ha de Guzmán, señora dE' Batres, sucediéndoles su hijo Pedro Lasso de la Vega, uno de los cabecillas de la guerra de las Comunidades y hermano del poeta Garci Lasso de la Vega. Un sucesor del primero fue titulado conde de Arcos, quien adquirió las alcabalas de Cuerva, devengando éstas 9.000 rls. Después el señorío recayó en la casa de Montealegre, que en 1.752 ostentaba el título D. Diego de Guevara, IV marqués de Montealegre y XIII de Oñate.
La justicia la proponía al señor, al ayuntamiento saliente.
SEÑORIO DE NOEZ.
- Comprendía un territorio de 3.428 Ha., la posesión de los Niño. Siendo el primer señor de Noez D. Hernando Nino, regidor de Toledo en el reinado de Juan 11. Entre sus sucesores se encuentra doña María Niño de Rivera, esposa de Lope de Conchillos, secretario de los Reyes Católicos. Estuvo siempre psta ramilia en círculo cortesano, sirviendo a la burocraciu real. Reciben los señores de N,oez diversos impuestos de origpn medieval. La justicia la ponía el señor, que pugnaba en ello con Toledo, bajo cuya jurisdicción se encontraba.
SONSECA.
- Perteneció esta población en la Edad Media a la Iglesia de Toledo y al señorío municipal de la ciudad, escindiéndose de ésta en 1.629 al transformarse en villa, debiendo pagar para ello 16.000 mrs. por vecino. Los modestos habitantes sonsecanos, no pudiendo reunir tal cantidad, concertaron la venta del señorío, jurisdicción y vasallaje a un portugués llamado Duarte Fernández Acosta, que lo adquirió por 225.500 rls. que pagó al contado; tomando posesión del señorío de Sonseca su hijo Alvaro. en l.64l. A la muerte de éste se entabló un pleito por el derecho u poner regidores que correspondía al nuevo señor, detalle que no rpconocÍan los de Sonseca. Fue rpsuelto en 1.719, reconociendo pI derecho a poner justicia a los fundadores del señorío. Los impuestos anuales en el siglo X VIII alcanzaban 4.000 rls.
Ventura Leblic García y Pilar Tormo Martín de Vidales
Fuente: http://www.realac ademiatoledo.es/files/temastoledanos/12.%20Panorama%20de%20una%20comarca.%20Los%20Montes%20de%20Toledo,%20por%20Ventura%20Leblic%20y%20Pilar%20Tormo.pdf
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